sábado, 23 de mayo de 2026

 Ordenanza reguladora de la Administración Digital del Ayuntamiento de A Coruña (BOP nº 114, 16/06/2023)

Resumimos la Ordenanza reguladora de la Administración Digital del Ayuntamiento de A Coruña (BOP nº 114, 16/06/2023).

Derechos de la ciudadanía en relación con la administración digital
(Art. 5 de la Ordenanza)
  • Acceso electrónico a los servicios — Derecho a relacionarse con el Ayuntamiento por medios electrónicos en condiciones de igualdad, accesibilidad y seguridad.
  • Identificación y firma digital — Derecho a utilizar sistemas válidos de identificación y firma reconocidos legalmente.
  • Información administrativa actualizada — Acceso electrónico a la información municipal, incluidos edictos y resoluciones.
  • Calidad y disponibilidad de los servicios — Derecho a servicios digitales seguros, estables y disponibles 24/7 cuando sea técnicamente posible.
  • Protección de datos personales — Garantía de confidencialidad y tratamiento adecuado de los datos.
  • No aportar documentos ya en poder del Ayuntamiento — Derecho a no presentar documentación que ya obre en la administración.
  • Accesibilidad universal — Derecho a que los servicios electrónicos cumplan estándares de accesibilidad.

Deberes de la ciudadanía
(Art. 6 de la Ordenanza)
  • Uso responsable de los servicios digitales — Utilizar correctamente los medios electrónicos.
  • Custodia de los medios de identificación — Proteger certificados, claves y dispositivos de firma.
  • Veracidad de la información presentada — Garantizar que los datos aportados son ciertos.
  • Actualización de datos personales — Comunicar cambios relevantes.
  • Colaboración con la administración — Facilitar la tramitación cuando sea necesario.

 Red de apoyo a la administración digital
La Ordenanza establece una red de apoyo para garantizar que toda persona pueda relacionarse digitalmente con el Ayuntamiento:
  • Oficinas de asistencia en materia de registro — Atención presencial para ayudar en trámites electrónicos.
  • Sede electrónica general — Portal central con trámites, notificaciones, pagos y consultas.
  • Otras sedes electrónicas municipales — Plataformas específicas de áreas municipales.
  • Tablón de edictos electrónico — Publicación oficial de actos administrativos.
  • Canales de información y soporte — Atención ciudadana, quejas y sugerencias por vía electrónica.

 Notificaciones electrónicas
La Ordenanza regula las notificaciones electrónicas como medio preferente.
Principios esenciales
  • Preferencia por la notificación electrónica — Será el medio habitual siempre que la persona disponga de medios electrónicos.
  • Puesta a disposición en la sede electrónica — La notificación se entiende practicada cuando se accede a su contenido.
  • Rechazo por falta de acceso — Si no se accede en 10 días naturales, se considera rechazada.
  • Avisos complementarios — Pueden enviarse avisos por SMS o email, pero no tienen validez jurídica.
  • Integración con sistemas estatales — Como Notific@ o Carpeta Ciudadana, cuando proceda.


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