El número de Delegados de Prevención según la Ley 31/1995, artículo 35 de la propia ley y en las fuentes consultadas es una pregunta muy habitual en los exámenes de oposiciones.
La Ley establece una escala fija según el tamaño de la plantilla. Esta escala aparece claramente recogida en el artículo 35 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales Iberley:
| Número de trabajadores | Delegados de Prevención |
|---|---|
| De 50 a 100 | 2 delegados |
| De 101 a 500 | 3 delegados |
| De 501 a 1.000 | 4 delegados |
| De 1.001 a 2.000 | 5 delegados |
| De 2.001 a 3.000 | 6 delegados |
| De 3.001 a 4.000 | 7 delegados |
| A partir de 4.001 | +1 delegado por cada 1.000 trabajadores adicionales |
Notas importantes
- Los Delegados de Prevención siempre se eligen entre los representantes de los trabajadores (comité de empresa o delegados de personal).
- En empresas con menos de 50 trabajadores, no existe esta figura como tal: la prevención se canaliza a través de los delegados de personal.
- En empresas con menos de 30 trabajadores, puede existir un delegado de personal único, que también asume funciones preventivas.
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